Código Civil
Artículo 967: Derecho al corte de ramas y raíces invasoras del predio
Ver todos los artículosTodo propietario puede cortar las ramas de los árboles que se extiendan sobre el predio y las raíces que lo invadan. Cuando sea necesario, podrá recurrir a la autoridad municipal o judicial para el ejercicio de estos derechos. Extinción de la Propiedad
El propietario puede cortar las ramas de árboles que se extiendan sobre su terreno y las raíces que ingresen en él. Cuando sea necesario, puede acudir a la autoridad municipal o judicial para ejercer este derecho.
Rosa puede cortar las ramas del árbol de su vecino Pedro que crecen sobre su patio, y acudir a la municipalidad o al juez si fuera necesario.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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