Código Civil
Artículo 956: Acciones por obra que amenaza ruina
Ver todos los artículosSi alguna obra amenaza ruina, quien tenga legítimo interés puede pedir la reparación, la demolición o la adopción de medidas preventivas.
Cuando una obra amenaza con caer o causar daños, cualquier persona con legítimo interés puede pedir que la reparen, la demuelan o adopten medidas preventivas. La norma permite elegir entre esas alternativas para evitar el peligro.
Rosa, cuya casa colinda con un muro inestable, puede pedir su reparación, demolición o medidas preventivas.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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