MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 938: Noción de accesión

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

El propietario de un bien adquiere por accesión lo que se une o adhiere materialmente a él.

Resumen breve

El propietario de un bien adquiere también aquello que se une o adhiere materialmente a ese bien. La adquisición ocurre por el solo hecho de esa unión material.

Ejemplo cotidiano

Rosa es dueña de un terreno y una construcción se adhiere materialmente a él; Rosa adquiere también esa construcción.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.