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Código Civil

Artículo 704: Impedimentos del notario

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Texto literal del artículo

El notario que sea pariente del testador dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad está impedido de intervenir en el otorgamiento del testamento por escritura pública o de autorizar el cerrado.

Resumen breve

Cuando el testador es pariente del notario por sangre dentro del cuarto grado o por afinidad (parentesco por matrimonio) dentro del segundo, el notario no puede intervenir. La prohibición abarca otorgar el testamento por escritura pública y autorizar un testamento cerrado.

Ejemplo cotidiano

Pedro es primo de Rosa, quien quiere otorgar un testamento por escritura pública; Pedro no puede intervenir como notario.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.