Código Civil
Artículo 611: Término de la curatela del condenado
Ver todos los artículosLa curatela del condenado a pena que lleva anexa la interdicción civil acaba al mismo tiempo que la privación de la libertad. El liberado condicionalmente continúa bajo curatela.
La curatela (protección legal) de quien cumple una pena con interdicción civil termina cuando recupera su libertad al finalizar la privación de libertad. Sin embargo, si obtiene libertad condicional, debe continuar bajo curatela.
Jorge, condenado con interdicción civil, obtiene libertad condicional y sigue bajo curatela mientras dure esa condición.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe