Código Civil
Artículo 548: Prohibición de dispensa a obligaciones del tutor
Ver todos los artículosLas obligaciones que impone este capítulo a los tutores no son susceptibles de dispensa.
Las obligaciones que este capítulo impone a los tutores deben cumplirse necesariamente. Ningún tutor puede ser liberado o dispensado de esas obligaciones.
Rosa, tutora de su sobrino Diego, debe cumplir todas las obligaciones del capítulo, aunque solicite quedar exonerada de ellas.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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