Código Civil
Artículo 487: Características del derecho alimentario
Ver todos los artículosEl derecho de pedir alimentos es intrasmisible, irrenunciable, intransigible e incompensable. Patrimonio Familiar
Quien tiene derecho a pedir alimentos no puede transferirlo a otra persona ni renunciar a él. Tampoco puede negociarlo mediante un acuerdo ni usarlo para compensar una deuda.
Rosa no puede ceder a su hermana su derecho a pedir alimentos ni renunciar a él para saldar una deuda.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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