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Código Civil

Artículo 463: Causales de privación de la patria potestad

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Texto literal del artículo

Los padres pueden ser privados de la patria potestad: 1.- Por dar órdenes, consejos, ejemplos corruptos o dedicar a la mendicidad a sus hijos. 2.- Por tratarlos con dureza excesiva. 3.- Por negarse a prestarles alimentos. (*) De conformidad con la Segunda Disposición Final del Decreto Ley N° 26102, publicado el 29 de diciembre de 1992, se modifica el presente inciso, sin embargo, el referido Decreto Ley no propone el texto modificatorio, manteniéndose por tal motivo el texto original.

Resumen breve

Los padres pueden perder la patria potestad si dan a sus hijos órdenes, consejos o ejemplos corruptos, los destinan a mendigar, los tratan con dureza excesiva o se niegan a proporcionarles alimentos. La consecuencia es que dejan de ejercer legalmente la patria potestad sobre sus hijos.

Ejemplo cotidiano

A Carlos podrían privarlo de la patria potestad si obliga a su hijo Diego a mendigar y además se niega a darle alimentos.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.