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Código Civil

Artículo 41: Personas sin residencia habitual

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Texto literal del artículo

A la persona que no tiene residencia habitual se le considera domiciliada en el lugar donde se encuentre. Capacidad e Incapacidad de Ejercicio

Resumen breve

La ley considera domiciliada a la persona que no tiene residencia habitual en el lugar donde se encuentre. Por tanto, ese lugar se toma como su domicilio para efectos legales.

Ejemplo cotidiano

Como Rosa no tiene residencia habitual, se le considera domiciliada en Arequipa, donde actualmente se encuentra.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.