Código Civil
Artículo 343: Pérdida de derechos hereditarios
Ver todos los artículosEl cónyuge separado por culpa suya pierde los derechos hereditarios que le corresponden.
El cónyuge separado por una conducta atribuible a su propia culpa pierde los derechos hereditarios que le correspondan. En consecuencia, no puede recibir la parte de la herencia que tendría por su condición de cónyuge.
Rosa, separada de su esposo Luis por culpa suya, pierde los derechos hereditarios que le correspondan.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
MiCódigo.pe