Código Civil
Artículo 280: Petición de invalidez por representación
Ver todos los artículosLa invalidez del matrimonio puede ser demandada por apoderado si está facultado expresamente y por escritura pública, bajo sanción de nulidad.
La invalidez del matrimonio puede demandarse mediante un apoderado (persona autorizada para actuar por otra). Para que actúe válidamente, debe tener autorización expresa otorgada por escritura pública; de lo contrario, la actuación queda afectada por nulidad.
Rosa otorga a José un poder expreso mediante escritura pública para demandar la invalidez de su matrimonio, y José presenta la demanda en su nombre.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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