Código Civil
Artículo 237: Parentesco por afinidad
Ver todos los artículosEl matrimonio produce parentesco de afinidad entre cada uno de los cónyuges con los parientes consanguíneos del otro. Cada cónyuge se halla en igual línea y grado de parentesco por afinidad que el otro por consanguinidad. La afinidad en línea recta no acaba por la disolución del matrimonio que la produce. Subsiste la afinidad en el segundo grado de la línea colateral en caso de divorcio y mientras viva el ex cónyuge.
El matrimonio crea parentesco por afinidad entre cada cónyuge y los familiares de sangre del otro, en la misma línea y grado. La afinidad en línea directa continúa tras terminar el matrimonio; además, la afinidad colateral de segundo grado subsiste después del divorcio mientras viva el ex cónyuge.
Ana sigue siendo pariente por afinidad de la madre de Luis tras divorciarse, y también de su hermano mientras Luis permanezca vivo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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