Código Civil
Artículo 216: Criterios para calificar la violencia o intimidación
Ver todos los artículosPara calificar la violencia o la intimidación debe atenderse a la edad, al sexo, a la condición de la persona y a las demás circunstancias que puedan influir sobre su gravedad.
Para determinar la gravedad de la violencia o intimidación, deben considerarse la edad, el sexo y la condición de la persona afectada. También deben evaluarse las demás circunstancias que puedan influir en qué tan grave fue el hecho.
Al evaluar la intimidación sufrida por Rosa, deben considerarse su edad, su condición y las demás circunstancias del caso.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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