Código Civil
Artículo 2106: Ejecución de sentencia extranjera
Ver todos los artículosLa sentencia extranjera que reúna los requisitos establecidos en los artículos 2102, 2103, 2104 y 2105 puede ser ejecutada en el Perú a solicitud del interesado.
Una sentencia extranjera puede ejecutarse en el Perú cuando cumple los requisitos establecidos en los artículos 2102, 2103, 2104 y 2105. La persona interesada debe solicitar su ejecución.
Tras cumplir los requisitos de los artículos 2102 a 2105, Andina S.A.C. solicita ante un juez peruano la ejecución de la sentencia extranjera que condenó a su deudor.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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