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Código Civil

Artículo 2079: Nulidad del matrimonio

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Texto literal del artículo

La nulidad del matrimonio se rige por la misma ley a que está sometida la condición intrínseca cuya infracción motive dicha nulidad. Los vicios del consentimiento, como causas de nulidad del matrimonio, se rigen por la ley del lugar de la celebración.

Resumen breve

La nulidad del matrimonio se determina según la ley que regula la condición esencial incumplida que causa la nulidad. Pero, cuando el problema es un vicio del consentimiento (defecto al aceptar casarse), se aplica la ley del lugar donde se celebró el matrimonio.

Ejemplo cotidiano

Ana y Luis se casan en Lima, y un problema en su consentimiento se evalúa conforme a la ley peruana por haberse celebrado allí.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.