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Código Civil

Artículo 2057: Competencia sobre personas domiciliadas en el Perú

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Texto literal del artículo

Los tribunales peruanos son competentes para conocer de las acciones contra personas domiciliadas en el territorio nacional.

Resumen breve

Los tribunales peruanos pueden resolver acciones judiciales dirigidas contra personas que tienen su domicilio en el Perú. El domicilio de la persona determina que esos tribunales sean competentes (puedan conocer y decidir el caso).

Ejemplo cotidiano

Rosa, domiciliada en Lima, puede ser demandada ante los tribunales peruanos por una acción presentada contra ella.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.