Código Civil
Artículo 1995: Reanudación del plazo prescriptorio
Ver todos los artículosDesaparecida la causa de la suspensión, la prescripción reanuda su curso adicionándose el tiempo transcurrido anteriormente.
Cuando desaparece la causa que suspendió la prescripción (pérdida temporal del avance del plazo), el plazo vuelve a correr. Para calcular el tiempo restante, se suma el período transcurrido antes de la suspensión.
La suspensión terminó para Rosa, así que el plazo volvió a correr y se sumaron los meses que ya habían pasado.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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