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Código Civil

Artículo 197: Protección al subadquirente de buena fe

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Texto literal del artículo

La declaración de ineficacia del acto no perjudica los derechos adquiridos a título oneroso por los terceros subadquirentes de buena fe.

Resumen breve

Cuando se declara ineficaz un acto (sin efectos jurídicos), no se perjudican los derechos de quienes adquirieron después un bien o derecho pagando un precio. Esta protección exige que esos terceros subadquirentes hayan actuado de buena fe, es decir, sin conocer el problema del acto anterior.

Ejemplo cotidiano

Rosa compra un terreno de buena fe y paga por él; aunque luego se declare ineficaz una venta anterior, sus derechos no resultan perjudicados.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.