Código Civil
Artículo 186: Fijación judicial del plazo para cumplimiento del cargo
Ver todos los artículosSi no hubiese plazo para la ejecución del cargo, éste debe cumplirse en el que el juez señale. “La demanda se tramita como proceso sumarísimo.” (*) Párrafo modificado por la primera disposición modificatoria del Decreto Legislativo N° 768, publicado el 4 de marzo de 1992.
Cuando un cargo no tiene plazo de cumplimiento, el juez debe fijar el plazo correspondiente. La demanda para solicitar esa fijación se tramita mediante un proceso sumarísimo (procedimiento judicial breve).
Rosa debe cumplir un cargo sin fecha límite, por lo que Juan pide al juez que establezca el plazo mediante un proceso sumarísimo.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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