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Código Civil

Artículo 18: Protección de los derechos de autor e inventor

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Texto literal del artículo

Los derechos del autor o del inventor, cualquiera sea la forma o modo de expresión de su obra, gozan de protección jurídica de conformidad con la ley de la materia. Nombre

Resumen breve

Los derechos de quien crea una obra o inventa algo reciben protección jurídica, sin importar la forma o el modo en que se exprese. Esa protección se aplica conforme a la ley específica sobre la materia.

Ejemplo cotidiano

María escribe un poema y puede recibir protección jurídica por sus derechos de autora, aunque lo publique en papel o en internet.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.