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Código Civil

Artículo 1794: Responsabilidad del mandatario

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Texto literal del artículo

Si el mandatario utiliza en su beneficio o destina a otro fin el dinero o los bienes que ha de emplear para el cumplimiento del mandato o que deba entregar al mandante, está obligado a su restitución y al pago de la indemnización de daños y perjuicios.

Resumen breve

El mandatario no puede usar para su beneficio ni destinar a otro fin el dinero o los bienes recibidos para cumplir el encargo o entregarlos al mandante. Si lo hace, debe devolverlos y pagar la indemnización de daños y perjuicios.

Ejemplo cotidiano

José entrega dinero a Rosa para comprar materiales, pero ella lo usa en gastos personales; Rosa debe devolverlo y compensar los daños causados.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.