Código Civil
Artículo 1790: Definición
Ver todos los artículosPor el mandato el mandatario se obliga a realizar uno o más actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante.
El mandato obliga al mandatario a realizar uno o más actos jurídicos (actos con efectos legales) por cuenta y en interés del mandante. Esto significa que debe actuar para beneficiar y representar los intereses de quien le encargó la gestión.
Rosa encarga a Carlos firmar un contrato por cuenta y en interés de ella, y Carlos debe realizar ese acto jurídico.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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