Código Civil
Artículo 1744: Lugar de devolución del bien
Ver todos los artículosEl comodatario debe devolver el bien dado en comodato al comodante o a quien tenga derecho a recibirlo, en el lugar en que lo recibió.
Quien recibe un bien en comodato (préstamo gratuito) debe devolverlo al propietario o a la persona con derecho a recibirlo. La devolución debe hacerse en el mismo lugar donde recibió el bien.
Rosa prestó gratuitamente su bicicleta a José en Arequipa, y José debe devolvérsela allí, salvo que Rosa tenga derecho a recibirla en ese lugar.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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