Código Civil
Artículo 1716: Exhibición de tarifas
Ver todos los artículosLos establecimientos destinados a hospedaje exhibirán en lugar visible las tarifas y cláusulas generales de contratación que rigen este contrato.
Los establecimientos de hospedaje deben colocar en un lugar visible las tarifas y las cláusulas generales de contratación que regulan el servicio. Así, quienes quieran alojarse pueden conocer previamente los precios y las condiciones aplicables.
Al llegar a un hospedaje, Rosa ve en la recepción las tarifas por noche y las condiciones generales antes de contratar.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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