Código Civil
Artículo 1689: Presunciones del arrendamiento de duración determinada
Ver todos los artículosA falta de acuerdo expreso, se presume que el arrendamiento es de duración determinada en los siguientes casos y por los períodos que se indican: 1. Cuando el arrendamiento tenga una finalidad específica, se entiende pactado por el tiempo necesario para llevarla a cabo. 2. Si se trata de predios ubicados en lugares de temporada, el plazo de arrendamiento será el de una temporada.
Cuando las partes no fijan expresamente el plazo, el arrendamiento se considera de duración determinada. Si el inmueble se alquila para una finalidad específica, dura el tiempo necesario para cumplirla; en un lugar de temporada, dura una temporada.
Rosa alquila una casa en Máncora para la temporada de verano y, sin pactar fechas, el arrendamiento termina al concluir esa temporada.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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