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Código Civil

Artículo 1682: Reparación por arrendatario

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Texto literal del artículo

El arrendatario está obligado a dar aviso inmediato al arrendador de las reparaciones que haya que efectuar, bajo responsabilidad por los daños y perjuicios resultantes. Si se trata de reparaciones urgentes, el arrendatario debe realizarlas directamente con derecho a reembolso, siempre que avise al mismo tiempo al arrendador. En los demás casos, los gastos de conservación y de mantenimiento ordinario son de cargo del arrendatario, salvo pacto distinto.

Resumen breve

El arrendatario debe avisar de inmediato al arrendador sobre las reparaciones necesarias y responde por los daños causados por no hacerlo. Si son urgentes, puede realizarlas directamente y pedir reembolso, avisando al mismo tiempo; los gastos ordinarios de conservación y mantenimiento son su responsabilidad, salvo pacto distinto.

Ejemplo cotidiano

Cuando se rompe una tubería, Rosa la repara de urgencia, avisa al mismo tiempo a José y puede pedirle que le reembolse el gasto.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.