Código Civil
Artículo 1664: Usura encubierta
Ver todos los artículosSi en el mutuo se declara recibida mayor cantidad que la verdaderamente entregada, el contrato se entiende celebrado por esta última, quedando sin efecto en cuanto al exceso.
Cuando un contrato de préstamo declara que se recibió más dinero del que realmente se entregó, el contrato se considera celebrado únicamente por la cantidad entregada. El exceso declarado no produce efectos.
Rosa recibe 1,000 soles de Luis, aunque el contrato dice 1,500; legalmente, el préstamo se considera celebrado solo por 1,000 soles.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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