Código Civil
Artículo 1604: Definición
Ver todos los artículosPor el suministro, el suministrante se obliga a ejecutar en favor de otra persona prestaciones periódicas o continuadas de bienes.
El suministrante debe entregar bienes a otra persona de manera periódica o continua. La obligación puede consistir en entregas repetidas durante ciertos momentos o en una provisión constante, según lo acordado entre ambas partes.
Rosa acuerda que Juan le entregue semanalmente frutas para su bodega durante la temporada de ventas.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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