Código Civil
Artículo 1590: Retroventa en venta separada
Ver todos los artículosCuando los copropietarios de un bien indiviso hayan vendido separadamente sus cuotas en la copropiedad con pacto de retroventa, cada uno de ellos puede ejercitar, con la misma separación, el derecho de resolver el contrato por su respectiva participación.
Cuando varios copropietarios venden por separado sus cuotas de un bien indiviso y pactan la retroventa (acuerdo para recomprar), cada uno puede resolver por separado el contrato correspondiente a su propia participación. No necesitan actuar conjuntamente para ejercer ese derecho.
Rosa y Luis venden por separado sus cuotas de una casa con pacto de retroventa; cada uno puede resolver únicamente el contrato de su propia cuota.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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