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Código Civil

Artículo 1567: Transferencia del riesgo

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Texto literal del artículo

El riesgo de pérdida de bienes ciertos, no imputables a los contratantes, pasa al comprador en el momento de su entrega.

Resumen breve

Cuando se vende un bien determinado, el riesgo de que se pierda sin culpa del vendedor ni del comprador pasa al comprador desde el momento en que recibe el bien. Desde esa entrega, la pérdida no imputable a ninguna de las partes afecta al comprador.

Ejemplo cotidiano

Carlos compra una motocicleta identificada y, tras recibirla, se pierde por un hecho ajeno a ambos; el riesgo corresponde a Carlos.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.