Código Civil
Artículo 1543: Nulidad por precio fijado unilateralmente
Ver todos los artículosLa compraventa es nula cuando la determinación del precio se deja al arbitrio de una de las partes.
La compraventa no tiene validez cuando una de las partes puede fijar por sí sola el precio. El precio no puede quedar exclusivamente a decisión del vendedor o del comprador.
Rosa vende su moto a Luis, pero acuerdan que Rosa decidirá después el precio; esa compraventa es nula.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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