MiCódigo.peBuscar otra norma

Código Civil

Artículo 1492: Evicción por allanamiento o abandono

Ver todos los artículos
Texto literal del artículo

Se produce la evicción cuando el adquirente, con el asentimiento del transferente, se allana a la demanda o hace abandono del bien sin esperar la resolución de que trata el artículo 1491.

Resumen breve

La evicción se produce cuando quien adquirió un bien, con el consentimiento de quien se lo transfirió, acepta la demanda o abandona el bien. Esto ocurre aunque no espere la resolución mencionada en el artículo 1491.

Ejemplo cotidiano

Rosa compró un terreno y, con el consentimiento de Juan, aceptó la demanda o abandonó el terreno antes de esperar la resolución del artículo 1491.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.