Código Civil
Artículo 1491: Saneamiento por evicción
Ver todos los artículosSe debe el saneamiento por evicción cuando el adquirente es privado total o parcialmente del derecho a la propiedad, uso o posesión de un bien en virtud de resolución judicial o administrativa firme y por razón de un derecho de tercero, anterior a la transferencia.
Existe obligación de saneamiento (respaldo frente a la pérdida) cuando una resolución judicial o administrativa firme priva al adquirente, total o parcialmente, de la propiedad, el uso o la posesión del bien. La privación debe deberse al derecho de un tercero anterior a la transferencia.
Rosa compra una casa, pero una resolución judicial firme reconoce que Luis tenía un derecho anterior y la priva de su propiedad.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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