Código Civil
Artículo 1440: Definición
Ver todos los artículosEn los contratos conmutativos de ejecución continuada, periódica o diferida, si la prestación llega a ser excesivamente onerosa por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada puede solicitar al juez que la reduzca o que aumente la contraprestación, a fin de que cese la excesiva onerosidad. Si ello no fuera posible por la naturaleza de la prestación, por las circunstancias o si lo solicitara el demandado, el juez decidirá la resolución del contrato. La resolución no se extiende a las prestaciones ejecutadas.
En un contrato con obligaciones recíprocas, de cumplimiento continuado, periódico o diferido, la parte perjudicada puede pedir al juez que reduzca su prestación o aumente la contraprestación cuando hechos extraordinarios e imprevisibles la vuelvan excesivamente onerosa. Si eso no es posible o el demandado lo solicita, el juez resolverá el contrato, sin afectar lo ya ejecutado.
Tras una inflación imprevisible, Rosa pide al juez reducir el pago periódico de su contrato, porque cumplirlo se volvió excesivamente oneroso.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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