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Código Civil

Artículo 1424: Renovación del Contrato de Opción

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Texto literal del artículo

Al vencimiento de la opción, las partes pueden renovarla por un plazo no mayor al máximo señalado en el artículo 1423 y así sucesivamente.

Resumen breve

Cuando vence la opción, las partes pueden acordar su renovación. Cada renovación no puede superar el plazo máximo previsto en el artículo 1423, y pueden renovarla nuevamente al vencimiento de cada periodo.

Ejemplo cotidiano

Al vencer la opción de compra de Rosa, José acuerda renovarla por un plazo que no supera el máximo permitido y luego vuelve a renovarla.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.