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Código Civil

Artículo 1423: Plazo del Contrato de Opción

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Texto literal del artículo

Plazo del Contrato de Opción El plazo del contrato de opción debe ser determinado o determinable. Si no se estableciera el plazo, éste será de un año. (*) Artículo modificado por el artículo único de la Ley Nº 27420 publicada el 7 de febrero de 2001.

Resumen breve

Las partes deben fijar un plazo concreto o que pueda determinarse para el contrato de opción. Si no establecen ningún plazo, el contrato tendrá una duración de un año.

Ejemplo cotidiano

Rosa y Miguel celebran un contrato de opción sin indicar plazo, por lo que este tendrá una duración de un año.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.