Código Civil
Artículo 1361: Obligatoriedad de los contratos
Ver todos los artículosLos contratos son obligatorios en cuanto se haya expresado en ellos. Se presume que la declaración expresada en el contrato responde a la voluntad común de las partes y quien niegue esa coincidencia debe probarla.
Las partes deben cumplir lo que expresaron en el contrato. La ley presume que esas declaraciones reflejan su voluntad común; quien afirme lo contrario debe probarlo.
Rosa y José pactan vender una bicicleta por escrito, y si José niega lo acordado, debe demostrar que no reflejaba su voluntad común.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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