Código Civil
Artículo 1359: Conformidad de voluntad de partes
Ver todos los artículosNo hay contrato mientras las partes no estén conformes sobre todas sus estipulaciones, aunque la discrepancia sea secundaria.
No existe contrato hasta que todas las partes acepten cada una de sus condiciones. Incluso una diferencia sobre un aspecto secundario impide considerar celebrado el contrato.
Rosa y Luis acuerdan vender una moto, pero discrepan sobre quién paga el traslado; todavía no hay contrato.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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