Código Civil
Artículo 1331: Prueba de daños y perjuicios
Ver todos los artículosLa prueba de los daños y perjuicios y de su cuantía también corresponde al perjudicado por la inejecución de la obligación, o por su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso.
La persona perjudicada debe demostrar que sufrió daños y perjuicios, y también cuánto dinero representan. Esta obligación se aplica cuando la otra parte no cumple, cumple solo en parte, tarde o de manera defectuosa.
Rosa debe demostrar tanto el daño como su monto cuando Luis entrega tarde los muebles que le vendió.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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