Código Civil
Artículo 1313: Noción del mutuo disenso
Ver todos los artículosPor el mutuo disenso las partes que han celebrado un acto jurídico acuerdan dejarlo sin efecto. Si perjudica el derecho de tercero se tiene por no efectuado. Inejecución de Obligaciones Disposiciones Generales
Las partes que celebraron un acto jurídico pueden acordar dejarlo sin efecto. Sin embargo, el acuerdo se considera no efectuado cuando perjudica el derecho de una tercera persona.
Rosa y Luis cancelan su contrato, pero el acuerdo no vale si perjudica el derecho que Ana tenía sobre ese acto.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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