Código Civil
Artículo 1304: Formalidad de la transacción
Ver todos los artículosLa transacción debe hacerse por escrito, bajo sanción de nulidad, o por petición al juez que conoce el litigio.
La transacción debe constar por escrito o presentarse mediante una petición al juez que conoce el litigio. Si no se cumple una de esas formalidades, la transacción es nula (sin validez).
Rosa y Luis ponen por escrito su acuerdo para terminar el juicio y lo presentan al juez que conoce su litigio.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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