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Código Civil

Artículo 1265: Noción

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Texto literal del artículo

El pago queda efectuado cuando el acreedor recibe como cancelación total o parcial una prestación diferente a la que debía cumplirse.

Resumen breve

El pago se considera realizado cuando el acreedor recibe, para cancelar total o parcialmente la deuda, una prestación distinta de la que debía recibir. Esa recepción puede cancelar toda la obligación o solo una parte.

Ejemplo cotidiano

Jorge debía pagar S/500 a Rosa, pero ella recibió una bicicleta como cancelación parcial de la deuda; el pago quedó efectuado respecto de esa parte.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.