Código Civil
Artículo 1245: Pago de interés legal a falta de pacto
Ver todos los artículosCuando deba pagarse interés, sin haberse fijado la tasa, el deudor debe abonar el interés legal.
Cuando una deuda genera intereses y las partes no fijaron la tasa, el deudor debe pagar el interés legal. La obligación surge precisamente por no haberse acordado una tasa.
José debe pagar intereses a Ana, pero nunca acordaron la tasa; por eso debe pagar el interés legal.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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