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Código Civil

Artículo 1218: Transmisibilidad de la obligación

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Texto literal del artículo

La obligación se trasmite a los herederos, salvo cuando es inherente a la persona, lo prohíbe la ley o se ha pactado en contrario.

Resumen breve

La obligación pasa a los herederos cuando la persona obligada fallece. Esto no ocurre si la obligación depende de esa persona, la ley prohíbe transmitirla o las partes acordaron que no se transmita.

Ejemplo cotidiano

Al morir Pedro, su obligación pasa a sus herederos, salvo que dependiera exclusivamente de él o hubieran pactado lo contrario.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.