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Código Civil

Artículo 12: Inexigibilidad de contratos peligrosos para la persona

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Texto literal del artículo

No son exigibles los contratos que tengan por objeto la realización de actos excepcionalmente peligrosos para la vida o la integridad física de una persona, salvo que correspondan a su actividad habitual y se adopten las medidas de previsión y seguridad adecuadas a las circunstancias.

Resumen breve

Un contrato no puede exigirse cuando obliga a realizar actos excepcionalmente peligrosos para la vida o la integridad física de una persona. Sí puede exigirse si el acto forma parte de su actividad habitual y se aplican medidas de previsión y seguridad adecuadas a las circunstancias.

Ejemplo cotidiano

Juan contrata a Carlos para realizar un acto excepcionalmente peligroso fuera de su actividad habitual, por lo que no puede exigirle cumplirlo.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.