Código Civil
Artículo 1142: Bienes inciertos
Ver todos los artículosLos bienes inciertos deben indicarse, cuando menos, por su especie y cantidad.
Cuando se pacta entregar objetos no individualizados, deben precisarse al menos su especie y cantidad. Por ejemplo, no basta indicar únicamente que se entregarán bienes sin especificar de qué tipo son ni cuántos.
Rosa se compromete a entregar a Luis 20 sacos de arroz, indicando claramente la especie y la cantidad.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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