Código Civil
Artículo 1037: Perpetuidad de la servidumbre
Ver todos los artículosLas servidumbres son perpetuas, salvo disposición legal o pacto contrario.
Una servidumbre se mantiene indefinidamente. Solo deja de ser perpetua cuando una ley o un acuerdo entre las partes establece lo contrario.
Pedro y Rosa acuerdan que la servidumbre de paso sobre el terreno de Rosa durará diez años.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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