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Código Civil

Artículo 1037: Perpetuidad de la servidumbre

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Texto literal del artículo

Las servidumbres son perpetuas, salvo disposición legal o pacto contrario.

Resumen breve

Una servidumbre se mantiene indefinidamente. Solo deja de ser perpetua cuando una ley o un acuerdo entre las partes establece lo contrario.

Ejemplo cotidiano

Pedro y Rosa acuerdan que la servidumbre de paso sobre el terreno de Rosa durará diez años.

Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.