Código Civil
Artículo 1024: Destrucción o pérdida parcial del bien usufructuado
Ver todos los artículosSi el bien sujeto al usufructo se destruye o pierde en parte, el usufructo se conserva sobre el resto.
Cuando el bien entregado en usufructo se destruye o se pierde parcialmente, el usufructo continúa vigente sobre la parte que queda. La pérdida de una parte no elimina el derecho respecto del resto del bien.
A Rosa se le quema parcialmente la casa que usufructúa, pero conserva el usufructo sobre las habitaciones que permanecen en pie.
Texto literal conforme a la edición oficial del SPIJ – Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El resumen y el ejemplo son material de divulgación elaborado por MiCódigo.pe. El resumen es orientativo y no sustituye asesoría legal.
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