Ley General de Sociedades
Artículo 5: Contenido y formalidades del acto constitutivo
Ver todos los artículosLa sociedad se constituye por escritura pública, en la que está contenido el pacto social, que incluye el estatuto. Para cualquier modificación de éstos se requiere la misma formalidad. En la escritura pública de constitución se nombra a los primeros administradores, de acuerdo con las características de cada forma societaria. Los actos referidos en el párrafo anterior se inscriben obligatoriamente en el Registro del domicilio de la sociedad. Cuando el pacto social no se hubiese elevado a escritura pública, cualquier socio puede demandar su otorgamiento por el proceso sumarísimo.
La sociedad se constituye por escritura pública, en la que está contenido el pacto social, que incluye el estatuto.
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