Ley General de Sociedades
Artículo 265: Responsabilidad
Ver todos los artículosEn la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales. Todo pacto en contrario no produce efecto contra terceros.
En la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales.
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