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Ley General de Sociedades

Artículo 265: Responsabilidad

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Texto literal del artículo

En la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales. Todo pacto en contrario no produce efecto contra terceros.

Resumen breve

En la sociedad colectiva los socios responden en forma solidaria e ilimitada por las obligaciones sociales.

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